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El importante desarrollo tanto económico como social advertido en España durante las últimas décadas ha generado un importante polo de atracción de inversión extranjera en todos los ámbitos, generando un entorno económico-empresarial idóneo, de alto valor añadido, con sectores económicos de primer nivel.


La economía española encara 2023 con la perspectiva de consolidar la recuperación iniciada el año pasado. Ciudades como Barcelona, Madrid o Valencia se postulan como importantes centros de negocio a nivel europeo, concretamente como nexo entre Europa y América Latina.


El legislador, a través Ley 14/2013 expedida el 27 de septiembre, sobre el apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y de la Ley 28/2022 expedida el 21 de diciembre para el fomento del ecosistema de las empresas emergentes pretenden generar un ecosistema adecuado con el que ayudar a los empresarios internacionales en su proceso de creación de nuevas empresas y en su internacionalización. Mediante estas leyes, aquellos extranjeros interesados en emprender en España aunque deben llevar a cabo determinados trámites adicionales a aquellos exigidos al ciudadano español se ven muy favorecidos al escoger a España como destino de inversión.


Estas leyes regulan de manera muy eficiente numerosos permisos como son el de residencia para el inversor, el visado para profesional altamente cualificado, para los nómadas digitales y los fundadores de startups. Si bien es especialmente interesante el visado de emprendedor, y esta es la razón por la cual nos centraremos en él a lo largo de este artículo, todos ellos podrán obtenerse desde España.


El visado de emprendedor otorga al solicitante extranjero la posibilidad de residir en España para emprender una actividad empresarial. Si bien concede la posibilidad de residir en España durante 2 años, estos podrán ser renovados al finalizar dicho plazo. Además, la Ley permite que los trámites no se alarguen en el tiempo, agilizando los plazos de la resolución.


El emprendedor extranjero, a diferencia de lo que sucede en otros países, no deberá realizar una inversión inicial. Librar de tal exigencia facilitará en gran medida la obtención del visado por parte del inversor, al que también le será otorgado un permiso de trabajo con el cumplimiento de unos requisitos mucho más sencillos de los que exige un visado de trabajo regular.

Tampoco será un requisito indispensable que el proyecto emprendedor genere empleo, es decir, el proyecto no será rechazado si este se inicia sin trabajadores. Del mismo modo, tampoco será imprescindible para la renovación, se podrá renovar sin haberse producido contratación alguna. 

La visa emprendedor permitirá también a aquellos a los que le haya sido otorgada el libre movimiento dentro de los países que forman el espacio Schengen.

No será necesario realizar presencialmente la solicitud. Se podrá designar un representante que realice los trámites oportunos, anticipándose a la llegada a España del inversor. Asimismo, aquel inversor que comienza su proyecto en el país podrá solicitar también el visado para su familia.

En definitiva, la entrada en vigor de estas leyes ha permitido a los nacionales extranjeros con intención de emprender, simplificar los trámites burocráticos y los gastos que estancan su propósito, facilitando y estimulando la inversión en España. 


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18 comentarios

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